11ALCANCE LEY 5920
DIAGNÓSTICO DE OBLIGACIÓN · CABA

¿ME CORRESPONDE LA LEY 5920?

¿Quién está obligado a cumplir la Ley 5920?

La respuesta no depende solamente de los metros cuadrados. Hay que mirar qué actividad se desarrolla, dónde funciona, cuánta superficie tiene, cómo está configurado el inmueble y si recibe público.

RESPUESTA DIRECTA

La Ley 5920 alcanza a edificios, establecimientos y predios del ámbito público y privado comprendidos por la norma, entre ellos oficinas, escuelas, hospitales y establecimientos con afluencia de público. El modo de cumplimiento cambia según el caso: algunos pueden encuadrar en una DDJJ de Grupo 1 y otros deben aprobar un Sistema de Autoprotección completo.

PUNTO DE PARTIDA

Primero se determina si está alcanzado. Después se define cómo cumple.

Estar alcanzado por la Ley 5920 no significa que todos los establecimientos tramiten exactamente lo mismo. La obligación puede resolverse mediante diferentes mecanismos según la clasificación y el uso.

01

ALCANCE GENERAL

Qué tipos de establecimientos contempla la ley

PÚBLICO

Organismos y edificios públicos

Los establecimientos del ámbito público pueden quedar alcanzados en las mismas condiciones generales de la ley.

PRIVADO

Establecimientos privados

Locales, oficinas, instituciones, establecimientos y predios privados pueden quedar alcanzados.

OFICINAS

Oficinas

La propia Ley 5920 las menciona expresamente dentro de su alcance.

EDUCACIÓN

Escuelas e instituciones

La actividad educativa está expresamente contemplada y posee tratamiento específico en el régimen actual.

SALUD

Hospitales y centros de atención

Los establecimientos sanitarios se encuentran dentro de las actividades alcanzadas.

PÚBLICO

Lugares con afluencia de personas

La afluencia de público es uno de los elementos centrales considerados por la ley y su clasificación.

02

MENOS DE 500 m²

Pequeño no significa exento

<500m²

El artículo 3, en su régimen actual, prevé que titulares o responsables de determinados establecimientos con superficie cubierta menor a 500 m² puedan cumplir mediante una declaración jurada, conforme lo determine la Autoridad de Aplicación.

Pero existen excepciones importantes: determinadas ubicaciones y actividades no pueden tratarse simplemente como Grupo 1 por el hecho de ser pequeñas.

Error frecuente:

“Mi local tiene menos de 500 m², entonces no necesito Ley 5920”. Esa conclusión es incorrecta. Puede estar alcanzado y además puede quedar excluido del mecanismo simplificado.

03

ACTIVIDADES CON TRATAMIENTO ESPECIAL

Casos que no deben clasificarse solo por superficie

El régimen vigente enumera actividades y situaciones que deben aprobar el Sistema de Autoprotección aunque una lectura superficial de los metros cuadrados pudiera sugerir un esquema simplificado.

Cines y teatros Estadios Locales bailables Salones de exposiciones Casas de fiestas Clubes de música en vivo Bancos Hoteles Galerías / shopping Escuelas Jardines de infantes Estaciones de servicio Depósitos Fábricas y talleres Geriátricos Hogares de niños Refugios nocturnos Laboratorios Terminales de transporte Penitenciarías Clínicas y centros médicos Vacunatorios con condiciones especiales

La enumeración completa y las condiciones exactas deben verificarse siempre en el texto vigente y en la Disposición 331/2025.

04

MATRIZ DE DECISIÓN

Qué mirar antes de afirmar “me corresponde” o “no me corresponde”

VARIABLEPREGUNTAPOR QUÉ IMPORTA
Actividad

¿Qué uso se desarrolla?

Hay actividades con tratamiento obligatorio específico.

Superficie

¿Cuántos m² cubiertos tiene?

Interviene en clasificación y régimen.

Ubicación

¿Está en galería, shopping o ubicación especial?

Puede impedir el esquema simplificado.

Subsuelo

¿Se desarrolla actividad bajo nivel?

Puede modificar el encuadre.

Afluencia

¿Cuántas personas pueden concurrir?

Incide en la complejidad de evacuación.

Población

¿Hay personas que requieren asistencia?

Modifica la complejidad operativa.

05

EJEMPLOS

Cuatro situaciones para entender el alcance

CASO A

Oficina de 180 m²

No debe asumirse que está “fuera de la ley”. Hay que verificar su clasificación y si corresponde el régimen de DDJJ.

CASO B

Escuela de 350 m²

La superficie reducida no la convierte automáticamente en Grupo 1. La actividad educativa está expresamente contemplada.

CASO C

Local de 300 m² dentro de shopping

La ubicación dentro de galería, centro comercial o paseo de compras debe analizarse como condición especial.

CASO D

Edificio de vivienda

La ley establece aplicación voluntaria para edificios cuyo destino principal sea vivienda, pero usos comerciales o actividades dentro del inmueble deben analizarse separadamente.

06

RESPONSABILIDAD

Quién debe ocuparse del cumplimiento

TITULAR / EXPLOTADOR Responsable del establecimiento

La ley atribuye responsabilidad de cumplimiento a titulares o explotadores de edificios, establecimientos y predios alcanzados.

PRODUCTOR Responsable del evento

Cuando corresponde un evento incluido en el régimen, la responsabilidad alcanza al productor según las condiciones previstas.

PROFESIONAL Intervención técnica

Cuando el régimen exige profesional registrado, su intervención técnica no reemplaza la responsabilidad del titular sobre el cumplimiento.

07

AUTODIAGNÓSTICO ORIENTATIVO

Si respondés “sí”, necesitás revisar el encuadre

?

¿El establecimiento funciona en CABA y recibe público?

?

¿Es una escuela, clínica, hotel, depósito, taller, estación de servicio u otra actividad especial?

?

¿Está ubicado en galería, shopping o paseo de compras?

?

¿Tiene subsuelo utilizado para la actividad?

?

¿Hubo cambio de uso, superficie o configuración?

?

¿Existe una disposición anterior vencida?

Este chequeo sirve para detectar que hay que revisar el caso; no reemplaza la clasificación normativa.

08

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Todos los comercios están obligados?

No conviene responder solo por la palabra “comercio”. El alcance y el modo de cumplimiento dependen del uso, superficie, ubicación y condiciones del establecimiento.

¿Menos de 500 m² significa que no corresponde?

No. Puede corresponder el régimen de DDJJ de Grupo 1 o, según la actividad o ubicación, la aprobación de un Sistema de Autoprotección.

¿Una escuela pequeña está exenta?

No debe considerarse exenta por superficie. Las escuelas e instituciones educativas están expresamente contempladas dentro de los casos que requieren aprobación.

¿Una vivienda particular debe hacer Ley 5920?

El texto legal prevé aplicación voluntaria para edificios cuyo destino principal sea vivienda. Si existen usos o actividades distintas dentro del inmueble, deben analizarse separadamente.

09

FUENTES PRIMARIAS

Fuentes oficiales consultadas

Última revisión normativa: 30 de septiembre de 2026.

REFERENCIA CENTRAL

Determinar si corresponde es el primer paso. Ley5920SAP conecta después la clasificación, trámite y documentación.

La biblioteca técnica reúne alcance, grupos, trámites, renovación, planos, simulacros, capacitación y normativa.

Nota editorial: esta página orienta sobre alcance general. La clasificación concreta debe verificarse contra la normativa vigente y los datos reales del establecimiento.